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MODOLA PASCUAL LUIS Y OTRO/A S/SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia aprueba el convenio de partición y ordena la inscripción de la declaratoria de herederos, confirmando el cumplimiento de las formalidades legales y la validez del acuerdo alcanzado en audiencia. La decisión se fundamenta en la conformidad de las partes y en la normativa aplicable del Código Civil y Comercial y del Código Procesal Civil y Comercial.

Proceso sucesorio Particion de herencia Declaratoria de herederos Inscripcion registral Homologacion Cumplimiento formal Herederos. Convenio judicial Informes de anotaciones personales Arts. 2364 y 2369 ccyc Arts. 761 y 766 cpcc

¿Qué se resolvió en el fallo?

La resolución judicial fue dictada en el marco de un proceso de partición de herencia, en el cual se aprueba el convenio alcanzado en audiencia el 30/04/2025, con base en la conformidad de las partes y el cumplimiento de los requisitos legales. La jueza Laura Elizabeth Mato dispuso la inscripción conjunta de la partición y la declaración de herederos, ordenando la emisión de las piezas pertinentes y la registración en relación al expediente Nº 479/2022. Se hizo referencia a la necesidad de que la cesionaria de la herencia onerosa, Marcela Edith Zabala, aporte informes de anotaciones personales vigentes antes de la inscripción, en cumplimiento del art. 2304, 2364, 2369 del CCyC y art. 761, 766 del CPCC. La decisión se fundamenta en la normativa aplicable y en la conformidad de los co-herederos, y no se detectan votos disidentes ni agravios que modificaran la decisión.

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