CABRERA IVANA CAROLINA S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (FAMILIA) S/INCIDENTE DE APELACION
La Cámara de Apelación de Dolores confirmó la resolución que adicionó honorarios a la defensora de pobres y ausentes ad hoc, rechazando el recurso de apelación de la parte actora y manteniendo la decisión en línea con precedentes jurisprudenciales y disposiciones legales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte que interpuso el recurso de apelación fue el Defensor General.
- La resolución apelada adicionó un 10% de honorarios a la defensora de pobres y ausentes ad hoc, conforme al art. 9 de la ley 14.967, y la ley 6.716.
- La Cámara de Dolores analizó la cuestión en línea con antecedentes jurisprudenciales del Tribunal provincial y del Superior Tribunal bonaerense, que han establecido que la adición de honorarios en estos casos debe ajustarse a las disposiciones vigentes y a los precedentes jurisprudenciales que refuerzan la constitucionalidad y la constitucionalidad de dichas disposiciones.
- La Cámara sostuvo que la argumentación del recurso no lograba desvirtuar los fundamentos jurídicos y jurisprudenciales que respaldan la decisión impugnada.
- Se dispuso confirmar el decisorio en lo que fue materia de agravio, sin costas por tratarse de una cuestión arancelaria.
- Se comunicó a la Procuración General y a la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, en cumplimiento de las obligaciones legales.
- La decisión se fundó en la aplicación de principios constitucionales, convencionales y la jurisprudencia consolidada, destacando que no existe vulneración de derechos constitucionales ni violación de las leyes previsionales. La sentencia indicó que los agravios no modifican los fundamentos jurídicos del fallo.
- La decisión fue unánime, con votos afirmativos de ambos jueces.
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