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SAUCEDO ALEJANDRINA C/ QUISPE CONDORI CALIXTO Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ. DEL./CUAS. (EXC.USO AUT. Y ESTADO)

La sentencia condenó a los demandados por daños causados por ataque de perro, confirmando la responsabilidad civil objetiva de los propietarios y fijando la indemnización en $2.736.256,63, incluyendo intereses y deduciendo pago previo.

Responsabilidad objetiva Dano moral Danos y perjuicios Gastos medicos Incapacidad Danos materiales Condena Argentina. Responsabilidad civil animal Danos por mordedura

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Alejandrina Saucedo, demanda a Calixto Quispe Condori y Modesta Santos por lesiones sufridas cuando fue mordida por un perro en Ostende en 2013, reclamando $205.000 en daños. La sentencia de primera instancia determinó la responsabilidad de los demandados, basándose en la responsabilidad objetiva del dueño o guardián del animal, responsabilidad que no fue eximida por las defensas y que quedó corroborada por testimonios y prueba pericial. Se analizaron daños patrimoniales (gastos médicos, traslados, medicamentos), daños futuros, incapacidad, daño moral y el pago previo de $7.000. La sentencia condenó a los demandados a pagar la suma total, con intereses, y a costas. La apelación fue rechazada, confirmando la decisión de primera instancia. Fundamentos principales: El tribunal sostuvo que la responsabilidad por daños causados por animales de compañía es objetiva, conforme a los arts. 1124 y ss. del Código Civil, y que la prueba acreditó que el perro, propiedad de los demandados, mordió a la actora en la vía pública, en un lugar donde los propietarios tenían el deber de controlarlo. La responsabilidad no fue eximida por las defensas, dado que no se acreditaron eximentes de culpa o fuerza mayor. La valoración de la prueba testimonial y pericial confirmó el hecho. En cuanto a los daños, se indemnizaron gastos de traslado ($60.000), gastos farmacéuticos ($300.000), atención médica ($0 por ser un gasto público), gastos futuros ($80.000), incapacidad permanente ($2.313.178,81), daño moral ($1.200.000), y se dedujo el pago previo de $7.000, actualizado a valores de hoy en $1.216.922,18. La suma resultante de $2.736.256,63 fue condena definitiva, con intereses al 6% anual desde el hecho, y costas a cargo de los demandados.

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