CHAVEZ MARIA ISABEL C/ GUALLAMA ALICIA GABRIELA S/DESPIDO
La Cámara de Primera Instancia en lo Laboral de La Plata confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y condenó a la demandada a pagar una suma elevada en conceptos laborales y indemnizatorios.
La accionante, María Isabel Chavez, demandó por despido indirecto, diferencias salariales, indemnizaciones y entrega de documentación laboral contra Alicia Gabriela Guallama. La sentencia de primera instancia, dictada por el Tribunal del Trabajo N° 3 de La Plata, consideró probados los hechos, incluyendo la relación laboral desde 1990 en un comercio familiar, y condenó a la empleadora a pagar más de 79 millones de pesos, actualizados con índice RIPTE. Se rechazaron las pretensiones de las leyes 24.013 y 25.323 por inconstitucionalidad y se dispuso la entrega de documentos bajo apercibimiento. La Cámara confirmó la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y la suma a pagar, así como las costas y honorarios. La decisión se fundamentó en la necesidad de actualizar los créditos laborales ante la inflación y en la inaplicabilidad del criterio previo de actualización por ser contrario a la constitucionalidad del art. 14 bis y otros derechos constitucionales. La sentencia también dispuso el depósito de la suma en el Banco de la Provincia de Buenos Aires y la entrega de documentación, además de imponer costas a la parte demandada.
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