ARANDA YANINA ALEJANDRA C/ ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO LIDERAR S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara de Trabajo de Lomas de Zamora declaró la perención de la instancia en un proceso por accidente de trabajo, por inactividad de las partes tras intimación a continuar, con costas a la actora. La causa fue declarada extinguida y se propusieron honorarios a los profesionales intervinientes.
La demandante, Yanina Aranda, promovió una acción contra la aseguradora Liderar S.A. por indemnización de $342.969 derivada de un accidente laboral. Tras la contestación de la demanda, las partes no atendieron una intimación a reactivar el trámite, lo que llevó al tribunal a decretar la caducidad de la instancia por inactividad, en virtud del artículo 11 de la Ley 15.057 y 310 del CPCC. Los jueces consideraron que la conducta de las partes obstaculizaba el impulso procesal y que la inacción evidenciaba un desinterés en continuar con el proceso. La decisión fue votar en el mismo sentido los jueces Saccardo y Rinaldi, y fue formalizada en la resolución que declara la perimida de la instancia y dispuso costas a la actora. Además, se reguló la honorificación de los profesionales intervinientes en un monto determinado, y se ordenaron trámites para la transferencia de fondos en caso de que la parte actora perciba algún crédito. La sentencia señala que, en el proceso laboral, la caducidad solo procede en casos excepcionales y previa intimación, como ocurrió en esta causa.
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