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LARA, MAIRA ALEJANDRA C/ DOMINGUEZ, LORENA S/DESPIDO

La Cámara de Primera Instancia en lo Laboral de Chacabuco confirmó la sentencia que condenó a Lorena Domínguez a abonar una indemnización total de $8.253.100 por despido sin causa, aplicando actualización y tasas de interés conforme a la normativa y precedentes jurisprudenciales vigentes.

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La actora, Maira Alejandra Lara, demandó a Lorena Domínguez por despido indirecto alegando relación laboral no registrada desde el 4/01/2021, con tareas de venta y cobranza en domicilio, en un horario de 9 a 23 horas, de lunes a sábado, por un salario de $30.000. La demandada no negó la relación, permaneciendo en silencio ante requerimientos y telegramas, siendo declarada rebelde y confesa. El tribunal constató la existencia de la relación laboral, su carácter no registrado y la conducta omisa de la empleadora. La sentencia de primera instancia declaró procedente la demanda y condenó al pago de diversas indemnizaciones, rubros y multas, totalizando $8.253.100, con intereses del 6% anual desde el despido, y dispuso la forma de pago a través de depósito en cuenta bancaria a nombre de la actora. El tribunal fundamentó que los créditos laborales son deudas de valor, y que la inflación y la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928 justifican aplicar actualización por IPC, en lugar de indexación, y que los créditos indemnizatorios deben actualizarse a valores actuales para garantizar la protección del trabajador. La decisión fue ratificada por mayoría, manteniendo la condena y ajustando el método de actualización conforme a los precedentes jurisprudenciales y principios constitucionales.

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