BORDIGNON ISABEL S/ SUCESION AB-INTESTATO
Sentencia que declara la sucesión abintestato de Isabel Bordignon, reconociendo a sus hijos como herederos universales, tras acreditar fallecimiento y vínculos familiares mediante certificados y documentación probatoria. La decisión se fundamenta en los artículos del Código Civil y Comercial y en la ausencia de terceros con derechos superiores.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal, tras verificar la defunción de Isabel Bordignon ocurrida el 16 de diciembre de 2024, y la validez del matrimonio con Esteban Rubio, ocurrido en 1959, así como la relación con sus hijos nacidos en 1962 y 1965, declara en cuanto hubiere lugar por derecho, que sus herederos universales son sus hijos Graciela Elisabet Rubio y Bordignon y Nestor Damian Rubio y Bordignon. La sentencia se fundamenta en los artículos 96, 423, 735 y 737 del Código Civil y Comercial, y en la documentación probatoria presentada, incluyendo certificados de defunción, matrimonio, partidas de nacimiento y la publicación de edictos, que resultaron negativos en cuanto a terceros con derechos, conforme al art. 734 inc. 2° del C.P.C.C. La resolución también ordena la cesación de intervención fiscal y dispone las formalidades para la inscripción de la declaratoria de herederos, detallando los requisitos fiscales y registrales pertinentes.
Principales fundamentos:
"Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -página 3 del quinto archivo ".pdf"
- se acredita la defunción de ISABEL BORDIGNON ocurrida el día 16/12/2024 -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-."
"Que con el certificado adjuntado a fs. 13 -página 1 del único archivo ".pdf"
- se acredita el matrimonio de ISABEL BORDIGNON -causante
- con ESTEBAN RUBIO ocurrido el día 26/06/1959 -art. 423 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-."
"Que de esa unión nacieron sus hijos GRACIELA ELISABET RUBIO y BORDIGNON y NESTOR DAMIAN RUBIO y BORDIGNON el día 26/12/1962 y 14/02/1965, respectivamente, conforme libreta de familia."
Disidencias: No se registran votos en disidencia.
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