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.................... S/ RECURSO DE QUEJA

La Cámara de Casación Penal de La Plata rechazó la queja interpuesta por el Defensor de Kevin Alvarenga contra la decisión de la Cámara departamental que consideró extemporáneo el recurso de casación y, en consecuencia, rechazó su admisión, confirmando la conversión de la detención en prisión preventiva.

Recurso extraordinario Casacion Recurso de queja Inadmisibilidad Extemporaneidad Derechos constitucionales Camara de apelaciones Prision preventiva Tutela jurisdiccional Libertad.

El defensor particular de Kevin Nahuel Alvarenga interpuso una queja contra la decisión de la Sala III de la Cámara de Apelaciones y Garantías del Departamento Judicial San Isidro, que confirmó la inadmisibilidad del recurso de casación por extemporáneo. La defensa argumentó que, ante el cambio de defensor y la percepción de que se violaban derechos esenciales como la libertad y el honor, debía hacerse una excepción al rigor formal para garantizar la tutela judicial efectiva. La Sala de Casación, tras analizar la normativa y la jurisprudencia, concluyó que la decisión de la Cámara departamental era ajustada a derecho, dado que el recurso de casación resultó extemporáneo y que la resolución que confirma la prisión preventiva no es definitiva ni equiparable a una sentencia condenatoria. La Corte provincial citó Fallos 314:451 y otros precedentes, señalando que la privación de libertad en estos casos no impide la continuación del proceso ni genera un agravio insusceptible de reparación inmediata, por lo que no habilita la intervención del tribunal de casación. En consecuencia, rechazó la queja por inadmisibilidad del recurso de casación. Fundamentos principales: "El recurso de casación ha sido correctamente declarado inadmisible por resultar extemporáneo su presentación, ya que la decisión de la Cámara departamental no encuadra en los supuestos previstos por el art. 450 del CPP, dado que no tiene efectos que determinen su definitividad, y no constituye una resolución definitiva ni equiparable a ella (conf. art. 482, C.P.P). La jurisprudencia de la Corte provincial y la CSJN sostiene que la privación de libertad en estos casos no impide la continuación del proceso ni la tutela efectiva de la libertad, por lo que no se configura un supuesto de revisión casatoria. Asimismo, la exclusión de apelaciones extraordinarias contra autos que decretan prisión cautelar reposa en que no impiden la tutela de la libertad mientras no se destruya el estado de inocencia, y en que en estos casos no se presenta un supuesto en que la privación de libertad sea manifiestamente contraria a las disposiciones constitucionales o legales."

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