Logo

.................... S/ RECURSO DE QUEJA

La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechaza la queja contra la inadmisibilidad del recurso de casación en la causa por la medida de seguridad impuesta a Walter Sebastian Cardoso Nuñez, confirmando la decisión de la Cámara de Garantías que negó el cese de la medida.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La defensa de Walter Sebastian Cardoso Nuñez interpuso queja contra la negativa de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Dolores a conceder el recurso de casación respecto del rechazo a su pedido de cese de medida de seguridad. La Cámara de Casación, en acuerdo ordinario, analizó si la decisión de la Cámara de Garantías era ajustada a derecho y si la queja había sido presentada oportunamente. La Sala consideró que la decisión de la Cámara departamental fue ajustada a derecho, que la garantía de doble instancia se encontraba satisfecha y que no existía arbitrariedad o gravedad institucional que justificara el control casatorio. Por ello, rechazó la queja por inadmisibilidad del recurso, confirmando la resolución impugnada y destacando que la materia en análisis no presentaba un gravamen constitucional o federal que ameritara la intervención del tribunal superior en esta instancia. La resolución fue adoptada por unanimidad, con costas en esta instancia. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "En primer lugar, corresponde señalar que la queja traída a esta instancia cumple con los requisitos de admisibilidad formal, en la medida en que se cumplieron las exigencias vinculadas al tiempo y forma de su interposición. Sin embargo, ingresando al análisis de lo resuelto por el a quo, en la medida en que el recurso de casación ha sido correctamente declarado inadmisible, corresponde rechazar también la queja que cuestiona tal decisión." "Tratándose de resoluciones que, como la aquí impugnada, deniegan o limitan la libertad personal, entre las cuales corresponde incluir aquellas vinculadas con la vigencia de una medida de seguridad, se impone la necesidad de un doble conforme, con base en el derecho al recurso previsto en los artículos 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, con el alcance asignado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en tanto lo extiende a todos los autos procesales importantes." "Por lo demás, la materia en análisis -denegatoria al pedido del cese de medida de seguridad
- genera un gravamen que potencialmente exige una tutela inmediata por la imposibilidad de una eficaz reparación ulterior." "En el supuesto de autos, la garantía de la doble instancia se encuentra abastecida, pues tanto el Juzgado de ejecución interviniente como la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental se expidieron en el mismo sentido en punto al rechazo al

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar