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La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de hábeas corpus presentado por Matías Cano, confirmando la legalidad de su detención preventiva y considerando improcedente su revisión en esta instancia.

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- Quién demanda: Matías Agustín Cano (por acción de hábeas corpus)
- A quién se demanda: No hay una parte demandada en el sentido clásico, sino que se revisa la legalidad de la detención de Cano.
- Qué se reclama: La ilegalidad y arbitrariedad de su prisión preventiva.
- Qué se resolvió: Se rechaza el recurso de hábeas corpus por improcedente y prescindible en esta instancia, confirmando la legalidad de la detención. Fundamentos: "El hábeas corpus formalizado como un recurso no constituye una acción constitucional y, en el caso que fuera utilizado como acción, tampoco autoriza a sustituir el criterio de los jueces de la causa...". Además, se coteja con precedentes que indican que si la prisión preventiva fue recurrida por recurso de apelación, el hábeas corpus no puede ser utilizado como medio de impugnación alternativo o simultáneo. La sentencia destaca que "el dictado del temperamento referido fue dentro del período ordenado por la Alzada departamental y que la denuncia por gravedad institucional y ilegalidad es prematura y abstracta". Se concluye que el recurso de hábeas corpus es improcedente en este contexto y que la detención es legal y razonable, conforme a los principios constitucionales y tratados internacionales invocados.

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