.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia que confirmó la condena por abuso sexual gravemente ultrajante y resolvió no ampliar la protección de datos del imputado, manteniendo la publicación de su identidad. La decisión se fundamentó en la legalidad del procedimiento abreviado, la valoración probatoria y la normativa sobre protección de datos personales.
La causa fue iniciada tras la condena de Cristian Ruben Rodríguez a 8 años y 6 meses de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante, ocurrido en abril de 2017, tras acuerdo de las partes en juicio abreviado en el Tribunal en lo Criminal N° 2 de Zárate. La defensa interpuso recurso de casación alegando error en la aplicación de agravantes y la inconstitucionalidad de la escala penal del art. 119 del Código Penal, además de solicitar la supresión de datos personales del imputado para proteger su privacidad. Los jueces de la Sala I analizaron la admisibilidad del recurso y la fundamentación de la sentencia. En relación a la invocada vulneración constitucional, recordaron la doctrina consolidada que sostiene que el sometimiento voluntario al proceso abreviado limita la posibilidad de revisión en casación. Respecto a la agravante de afectación emocional, valoraron la pericia psicológica que evidenció el impacto en la víctima, considerando que configuran un sometimiento ultrajante. Sobre la escala penal, la jurisprudencia sostiene que las sanciones son acordes con la gravedad del delito y la normativa vigente, sin que exista arbitrariedad o irrazonabilidad. En cuanto a la protección de datos del imputado, se concluyó que no procedía la supresión solicitada, dado que la normativa y las reglas de difusión judicial permiten la publicación de la identidad del condenado, salvo en casos específicos previstos en la acordada 4011 y las reglas de Heredia, y que el imputado no acreditó un riesgo legítimo para su privacidad. Finalmente, los jueces rechazaron el recurso de casación y confirmaron la sentencia, manteniendo la publicación de los datos del condenado.
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