T. V. H. Y OTRO/A C/ F. I. B. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia condena a I. B. F. y su aseguradora por daños derivados de un accidente de tránsito, aplicando responsabilidad objetiva y declarando la inconstitucionalidad de normas sobre actualización monetaria, confirmando en todos sus términos la decisión de primera instancia.
El 4/11/2021, en Munro, Vicente López, Y. S. U. y V. H. T. sufrieron un accidente cuando sus vehículos Renault Sandero y Renault Kangoo fueron embestidos en la intersección de la avenida Primera Junta y Vélez Sarsfield por un Renault Kangoo conducido por la demandada I. B. F. La causa penal confirma la responsabilidad del demandado, quien no logró eximir su culpa. La sentencia analiza la responsabilidad objetiva del artículo 1769 del CCCN, concluyendo que la conducta del demandado no guardó la debida distancia para evitar la colisión, por lo que se lo considera responsable. La pericia médica establece incapacidades físicas del 6% a 7% para U. y T., y psíquicas leves del 10%. La fórmula Vuotto se emplea para cuantificar la indemnización, resultando en $ 8.553.170 para U. y $ 5.839.150 para T. Además, se reconocen daños psíquicos, morales, gastos de tratamiento y rehabilitación, con montos de $ 3.500.000 y $ 2.500.000 respectivamente. La sentencia también declara la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928, permitiendo la actualización monetaria, y extiende la condena a la aseguradora S. B. R. Cooperativa Limitada, en función del seguro contratado. Finalmente, las costas se imponen a la parte vencida y se difiere la regulación de honorarios.
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