LUCINO MARIA SOLEDAD Y OTROS C/ LUCINO CECILIA SILVIA S/ DETERMINACION PRECIO/ALQUILERES
La Cámara de Apelaciones confirma la condena por indemnización y canon locativo, modificando la tasa de interés y actualizaciones por inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928. La decisión se basa en la inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928 y en la actualización del canon locativo con índices económicos oficiales.
- Quienes demandan: Lucino María Soledad, Edgardo Abel Lucino, Jessica Carolina Lucino.
- A quien se demanda: Cecilia Silvia Lucino.
- Qué se reclama: Indemnización por daños y perjuicios basada en la pérdida de uso y daño moral, y actualización del canon locativo en el tiempo, incluyendo intereses moratorios y mecanismos de ajuste.
- Qué se resolvió: La Cámara modificó la sentencia anterior, aplicando un interés del 6% anual desde las fechas de mora, declaró la inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928, y dispuso que el canon locativo se actualice anualmente con el índice de contratos de locación del BCRA hasta el cese de la ocupación. Se confirma la condena en todo lo demás.
- Fundamentos principales:
"En virtud del planteo formulado, la sala concluye que la exigencia en cuanto al cumplimiento de los recaudos de la expresión de agravios no debe ser tan rigurosa y estricta como para arribar a la deserción, siempre que exista un mínimo ataque a la sentencia que justifique la salvaguarda del principio constitucional de defensa en juicio (arts. 18 CN, 15 CP, arts. 260 y 261 CPCC). El análisis de los agravios revela que la impugnación de la parte actora se centra en la omisión de una cuantificación integral de los perjuicios espirituales y patrimoniales, sin embargo, dichas cuestiones no fueron debidamente articuladas en la instancia de origen, por lo que no resultan procedentes en esta instancia revisora. La cuestión de la ocupación exclusiva del inmueble fue confirmada por la propia demandada en diversas presentaciones, y la prueba documental y registral avala dicha circunstancia. En cuanto a la actualización del canon locativo, la sala reconoce la inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928, y en su lugar, establece que la actualización se realizará mediante el índice de contratos de locación del BCRA, en concordancia con la doctrina de la Suprema Corte, y aplicando un interés del 6% anual desde las fechas de mora firmes hasta el pago efectivo."
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