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P., G. E. C/ M., M. D. S/ALIMENTOS

La Cámara Segunda de Apelación confirma la sentencia de primera instancia que fijó la cuota alimentaria para los hijos en un monto equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil, rechazando el recurso del demandado por su insuficiencia probatoria y capacidad económica.

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La causa trata de la fijación de cuota de alimentos para tres menores de edad, cuyos cuidados están a cargo de la madre. El demandado alegó insuficiencia de ingresos y la existencia de otros hijos a su cargo, solicitando una reducción en la cuota. La Cámara analizó la capacidad económica del demandado, constatando que no se acreditó incapacidad ni imposibilidad de obtener ingresos, y que su situación laboral es informal, sin registros en AFIP ni en bancos, pero que puede arbitrar medidas para cumplir su obligación. La sentencia de primera instancia, que fijó la cuota en un monto equivalente al SMVM, fue considerada ajustada a derecho, atendiendo a las necesidades de los menores y a la capacidad económica estimada. La apelación fue desestimada por carecer de prueba suficiente que demuestre una imposibilidad real del demandado, confirmando así la decisión de la instancia anterior. La Cámara destacó que la obligación alimentaria no solo considera ingresos formales sino también la aptitud para obtener medios económicos, en consonancia con la jurisprudencia y la normativa vigente.

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