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ROJAS GOMEZ LUCIANA LORENA C/ FUERTE BARRAGAN SAT Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, rechazando la pretensión respecto de algunos demandados y estableciendo una condena por daños materiales y privación de uso. La decisión se fundamenta en la valoración de la prueba pericial, la interpretación de la póliza y la aplicación de principios sobre actualización monetaria.

La actora, Luciana Lorena Rojas Gómez, demanda a Juan Rivas Encina, Fuerte Barragán SAT y otros, reclamando daños y perjuicios por un accidente ocurrido el 26/3/2018. El tribunal de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a los demandados y extendiendo la condena a la aseguradora Argos y al Automóvil Club Argentino, por responsabilidad en el siniestro y en la cobertura del seguro. La sentencia reconoció que la póliza cubría destrucción total y daños, pero rechazó la reclamación respecto de algunos demandados, fundamentando que el valor de reparación determinado por perito (707.047 pesos a junio de 2022) no fue controvertido y que la actualización del daño emergente no debe exceder ese valor. Respecto a la privación de uso, el tribunal fijó en 100.000 pesos el daño, considerando un período de reparación y uso del vehículo. La sentencia también analizó los agravios relacionados con la actualización monetaria, la improcedencia de indexación y la aplicación de la doctrina "Barrios", concluyendo que la prohibición de indexar establecida por la ley 23.928 y su evolución jurisprudencial justifican aplicar una actualización basada en índices como el CER, en consonancia con la realidad inflacionaria. Además, se rechazaron los agravios de la aseguradora y el automotor respecto de la cuantificación del daño, la validez de la cobertura y la legalidad de los cobros por primas, confirmando la sentencia en todos sus términos. Fundamentos principales: "El análisis de los agravios respecto del daño emergente y la privación de uso evidencia que las sumas fijadas por el tribunal de primera instancia corresponden a valores acreditados y no cuestionados en tiempo y forma, en línea con la prueba pericial y la valoración judicial. La actualización de los montos debe ajustarse a índices que reflejen la realidad inflacionaria, en consonancia con la doctrina 'Barrios' y las resoluciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que admiten ciertos mecanismos de actualización en contextos de alta inflación. La negativa de indexar en la ley 23.928 y su

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