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FIDEICOMISO DE RECUPERACION CREDITICIA LEY 12726 C/ LEN JUAN EDUARDO Y OTRO/A S/EJECUCION HIPOTECARIA

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de La Plata modificó la sentencia de primera instancia y confirmó la ejecución contra los sujetos legitimados, incluyendo al fallecido Juan Eduardo Len, representado por su curadora, en virtud del interés del acreedor en satisfacer su crédito.

Sucesion vacante Legitimacion pasiva Apelacion Ejecucion hipotecaria Modificacion de sentencia Proceso civil Interes fiscal Derecho crediticio Ley 12726 Bienes del deudor fallecido.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Fideicomiso de Recuperación Crediticia Ley 12.726, interpuso recurso de apelación contra la sentencia de 4 de febrero de 2025, que ordenaba llevar adelante la ejecución únicamente contra Eva Matilde Fraiberg, debido al desinterés fiscal manifestado por la curadora definitiva del sucesorio de Juan Eduardo Len. La Cámara analizó que, pese a la declaración de vacancia y el interés fiscal en el proceso sucesorio, ello no impide que la ejecución prosiga contra los deudores legitimados, en particular contra el fallecido, representado por su curadora, ya que la ley y la jurisprudencia permiten embargar y ejecutar los bienes del deudor aún en estado de sucesión vacante. La decisión se fundamentó en que la extinción de los derechos creditorios por fallecimiento no es regla general en el ordenamiento jurídico, y que el acreedor tiene el derecho de hacer valer su crédito contra los deudores, incluso en estado de sucesión vacante, siempre que no exista una vía procesal para rechazar la ejecución. La Cámara concluyó que la sentencia de primera instancia debía modificarse en el sentido de incluir como sujetos pasivos a Juan Eduardo Len, representado por la curadora, y a Eva Matilde Fraiberg.

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