.................... S/ DESOBEDIENCIA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Buenos Aires confirmó la condena a 3 años de prisión para Ariel Leopoldo Santoalla por amenazas coactivas y desobediencia. La decisión se basó en la verosimilitud del relato de la víctima y la conducta reiterada del imputado en violación de medidas cautelares, rechazando los agravios de la defensa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia condenatoria fue dictada por la Jueza María Sol Cabanas, quien condenó a Santoalla a dos años de prisión por desobediencia reiterada y amenazas coactivas, unificando la pena en tres años de prisión en suspenso. La sentencia se fundamentó en que Santoalla, en incumplimiento de una orden judicial de protección, se presentó en el domicilio de su madre, refiriendo "Si vas a la policía te va a ir peor", en un contexto de violencia familiar y reiterados incumplimientos de medidas cautelares. La defensa interpuso recurso de apelación alegando que las expresiones no constituían amenazas reales ni concretas, y solicitó la revocación o reducción de la pena. El tribunal analizó la naturaleza de las amenazas, considerando que la manifestación de Santoalla, en el contexto de violencia y en incumplimiento de medidas cautelares, adquiere relevancia típica, y que la valoración de la prueba fue adecuada, especialmente dada la credibilidad de la víctima y los antecedentes del imputado. Se concluyó que las expresiones vertidas por Santoalla constituían una amenaza grave e injusta, y que la conducta del imputado, en el marco de violencia reiterada, justificaba la condena. La Cámara rechazó los agravios y confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que la vía del juicio abreviado no impide la valoración de los medios de prueba y que la conducta del imputado encuadra en el delito de amenazas coactivas.
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