.................... S/ AMENAZAS CALIFICADA
La Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Provincia de Buenos Aires confirma la sentencia condenatoria de primera instancia, rechazando el recurso de apelación y manteniendo la pena de 2 años y 6 meses de prisión efectiva por amenazas agravadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Provincia de Buenos Aires revisó la sentencia contra Julio Alberto Benítez, quien fue condenado a 2 años y 6 meses de prisión efectiva por amenazas doblemente agravadas por utilización de arma y carácter coactivo en perjuicio de Gisela Petrona Castillo. La jueza a cargo del Juzgado Correccional N° 2, Dra. María Sol Cabanas, fundamentó la condena en la gravedad del delito, considerando antecedentes de violencia y agravantes específicas, como el uso de armas y el contexto de violencia de género. La Cámara admite la apelación, pero posteriormente la rechaza al entender que la sanción se encuentra justificada por la gravedad del hecho, la reincidencia y las circunstancias agravantes, y que la fundamentación de la sentencia es adecuada, conforme a los artículos 40 y 41 del Código Penal, principios constitucionales y el proceso penal. La decisión se basa en que la pena impuesta se encuentra dentro de los límites permitidos, considerando la gravedad del delito y las agravantes, y que la misma no viola el principio de culpabilidad ni requiere ajuste. La Cámara concluye que no existen motivos para modificar la pena, por lo que confirma la sentencia condenatoria.
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