V., R. J. S/ APELACIÓN DE SENTENCIA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de San Isidro revirtió parcialmente la sentencia correccional de primera instancia y redujo la pena a 2 años y 10 meses de prisión efectiva por delitos de robo, hurto y tentativa, justificando la modificación en la valoración de los hechos y la legalidad del acuerdo de juicio abreviado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Fiscalía y la defensa oficial acordaron seguir un proceso abreviado en el que V. fue declarado responsable de múltiples delitos en la causa penal. La sentencia original condenó a V. a 3 años de prisión efectiva. La defensa apeló argumentando que no existía dolo en los daños ocasionados durante la huida y solicitando la absolución respecto del delito de daño, además de que se consideraran atenuantes para reducir la pena. La Cámara de Apelaciones analizó la validez del acuerdo de juicio abreviado, la fundamentación del fallo y la existencia de agravantes y atenuantes, concluyendo que la absolución por daño era procedente por falta de prueba de dolo y que la pena podía reducirse a 2 años y 10 meses de prisión efectiva. La sentencia fue confirmada en lo sustancial, pero con la reducción de la pena. Los jueces destacaron que los puntos del acuerdo no podían ser objeto de impugnación si estaban fundamentados y no eran arbitrarios. La decisión se basó en que el daño no fue acreditado con dolo y en la validez del proceso abreviado, respetando el acuerdo previo.
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