.................... S/ INCIDENTE DE APELACIÓN DE SENTENCIA
La Cámara de Morón confirma la condena de AZ por defraudación mediante suscripción engañosa de documentos, rechazando el recurso de apelación y sosteniendo la valoración probatoria y los fundamentos del juez de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial de Morón revisó la sentencia condenatoria contra AZ, quien fue hallado responsable de delitos de defraudación por suscripción engañosa en dos hechos relacionados con la firma y autoventa de inmuebles, en perjuicio de RAB, VHB y la empresa "RE S.A.". El juez de primera instancia valoró la prueba testimonial, documental y pericial, concluyendo que AZ actuó con engaño en la suscripción de poderes y escrituras, aprovechando la confianza depositada por las víctimas. La defensa alegó que la valoración probatoria fue arbitraria, que no se cuestionó la autenticidad de los instrumentos públicos, y que la prueba testimonial fue valorada en exceso, pero la Cámara consideró que la valoración fue racional y ajustada a la sana crítica, que no hubo vicio en la valoración ni en la fundamentación del fallo. La Cámara sostuvo que la relación de confianza y la conducta delictiva quedaron debidamente acreditadas, y que la valoración de la prueba testimonial, la prueba documental y las constancias de la causa respaldaron la decisión condenatoria. Además, se señaló que el recurso de apelación fue presentado en tiempo y forma, y que no existían vicios que hagan procedente su acogimiento. La Cámara confirmó la sentencia en todos sus términos, con expresa imposición de costas y regulación de honorarios profesionales del defensor particular. Fundamentos principales: "El razonamiento construido por el señor juez de mérito en el pronunciamiento puesto en crisis, fue correcto, motivo por el cual corresponde rechazar el recurso de apelación interpuesto por el Dr. Malvicini." "Los testimonios de las víctimas y las personas relacionadas laboralmente con la empresa mostraron un vínculo de confianza en AZ, que fue aprovechado para la maniobra engañosa." "La valoración probatoria, realizada bajo los principios de la sana crítica, fue racional y ajustada a las reglas de la lógica, la experiencia y el sentido común." "El contenido de los instrumentos públicos y la conducta delictiva se encontraban debidamente acreditados, y la valoración de la prueba testimonial no evidencia arbitrariedad ni vicio en la fundamentación del fallo." "El recurso de apelación no logra demostrar errores en la valoración probatoria ni en la fundamentación del tribunal, por lo que procede su rechazo y la confirmación de la sentencia condenatoria."
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