.................... S/ SENTENCIA CORRECCIONAL
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de San Isidro declaró admisible el recurso de apelación y sostuvo que, por la prescripción de la acción penal, corresponde declarar prima facie la extinción de la acción respecto del imputado E. D. C. G., confirmando así la decisión de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, A. M. C., denunció hechos de defraudación vinculados a la venta de un inmueble en 2014. La sentencia de primera instancia absolvió inicialmente al imputado C. G., pero posteriormente, en segunda instancia, se revocó dicha absolución y se dictó una condena. La defensa interpuso recurso de apelación alegando la prescripción de la acción penal. La Cámara analiza la normativa aplicable, citando jurisprudencia de la Corte Suprema y de la Suprema Corte provincial, concluyendo que, por el tiempo transcurrido desde el último acto interruptivo (la sentencia de condena no firme en 2019), la acción penal prescribe en el caso. La Cámara, además, declara la admisibilidad del recurso y confirma la declaración de prescripción "prima facie", ordenando el retorno del expediente a la instancia de origen para que se recaben las certificaciones pendientes y se resuelva lo que corresponda. La decisión se fundamenta en que la pena máxima prevista para el delito, 6 años, y el plazo de prescripción establecido en la ley, han sido superados, haciendo imposible continuar con la persecución penal.
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