D.F.F S/ LESIONES LEVES CALIFICADAS
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial de Mercedes admitió el incidente de apelación y confirmó la sentencia condenatoria de siete meses de prisión efectiva por lesiones leves y violación de domicilio, considerando que la valoración de la pena fue adecuada y que no existió arbitrariedad en su fijación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa principal involucra a F.F., condenado por el Juzgado en lo Correccional n° 2 de Mercedes a siete meses de prisión efectiva por cometer lesiones leves calificadas por el vínculo preexistente, violencia de género y violación de domicilio en concurso real. La Defensa Oficial interpuso un recurso de apelación contra dicha sentencia, el cual fue declarado admisible por la Cámara. La defensa alegó que la pena impuesta carecía de fundamentación lógica y era excesiva, solicitando su reducción a un monto cercano al mínimo legal. El tribunal, tras analizar la valoración de las circunstancias fácticas y la discrecionalidad de los jueces en la fijación de la pena, concluyó que la decisión no constituye arbitrariedad y que la pena impuesta respetaba los criterios legales y la situación del caso concreto. La Cámara, en consecuencia, declaró admisible el recurso y confirmó la sentencia en todos sus términos, considerando que la imposición de la pena no fue arbitraria ni desproporcionada, y que la valoración de las agravantes y atenuantes fue adecuada. Los jueces coincidieron en que no existieron motivos para modificar la pena, destacando que la discrecionalidad judicial en la individualización de la sanción es válida, y que la sentencia se ajusta a la normativa vigente.
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