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B., R. C. - M., M. L. S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL VINCULO

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Junín revoca la resolución de la jueza de garantías y dispone el sobreseimiento de los imputados, argumentando que la prueba no acreditó la participación criminal y que la hipótesis del homicidio no se encuentra probada en autos.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa investiga la muerte de M. C. F. tras caer desde una ventana de su vivienda. La jueza de garantías denegó el sobreseimiento y sostuvo que existían indicios que podrían sustentar una hipótesis de homicidio, atribuyendo la responsabilidad a R. C. B. y M. L. M. como autor y coautora. La defensa apeló alegando nulidades, la introducción de hechos no contemplados en la acusación y la insuficiencia probatoria para sostener que los imputados participaron en el hecho. La Cámara analizó exhaustivamente las pruebas y testimonios y concluyó que no se ha acreditado la participación de los imputados en la muerte de la víctima, considerándose que los indicios no son concluyentes y que la hipótesis del suicidio, por las características de la escena y antecedentes clínicos, resulta más plausible. Se resaltó que no existen pruebas directas ni indicios firmes que acrediten la intervención de los imputados en la caída, y que las conjeturas y especulaciones no alcanzan a fundar una condena. La valoración de la prueba indica que no se puede sostener la existencia de un delito ni la participación criminal en el hecho, ordenando la nulidad de la resolución anterior y el sobreseimiento de los imputados. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "En autos no se demostró ni la voluntad ni la acción de dar muerte. El acusador pretende presentar como indicios de cargo hechos nimios y contradictorios que dan lugar a múltiples interpretaciones y, en algunos casos, ni siquiera se hallan acreditados. Esos elementos no bastan para fundar un reproche penal." "Las conjeturas y especulaciones que se observan a partir de las testificales del encargado del edificio así como de su ex cuñada -C.
- sobre posibles conflictos de pareja por la presencia de M., no llegan a conformar un cuadro indiciario válido." "El acervo probatorio existente no acreditó la hipótesis del homicidio y su instigación sostenida a lo largo del proceso. La presencia en la escena del crimen del prevenido no ha sido debidamente acreditada ni por prueba directa ni por indicios." "Frente a la totalidad de la prueba ponderada, estamos en presencia de una situación en la que la probabilidad de participación del imputado en el hecho no se encuentra suficientemente fundada, resultando que los indicios no alcanzan para sostener una condena." PALABRAS CLAVE

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