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.................... S/HOMICIDIO CULPOSO

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Junín confirmó la resolución de primera instancia que rechazó nulidades y sobreseyó al imputado, fundamentando que las pruebas y la calificación legal son acordes a derecho y que las cuestiones planteadas deben ser dilucidadas en el juicio oral.

Recurso de apelacion Valoracion de prueba Proceso penal Homicidio culposo Prueba medica Lesiones graves Garantias procesales Calificacion legal Responsabilidad penal Fase preliminar

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa, caratulada "MAROA, GONZALO NAHUEL S/HOMICIDIO CULPOSO", investiga la muerte de Cesaretti Manuel en un accidente de tránsito ocurrido el 21 de junio de 2024 a las 05:50 hs. La jueza de grado rechazó nulidades y sobreseimientos, considerando que la requisitoria de elevación a juicio fue clara, precisa y circunstanciada, y que el imputado ejerció su derecho de defensa y fue asistido. La Cámara de apelación ratifica esta decisión, destacando que la prueba médica, pericial y testimonial sustenta la hipótesis del Ministerio Público Fiscal, que atribuye a Gonzalo Nahuel Maroa responsabilidad en el fallecimiento por imprudencia, en estado de ebriedad y a alta velocidad. La defensa alegó que no existía nexo causal y cuestionó la calificación legal, pero la Cámara concluye que estos planteos deben ser resueltos en la etapa del juicio oral, ya que en esta fase no se puede modificar la calificación ni determinar la responsabilidad con certeza absoluta. La valoración de la prueba y la calificación legal son provisionales y pueden cambiar en el juicio, por lo que se confirma la resolución de primera instancia que mantiene el procesamiento y la calificación legal de homicidio culposo agravado en concurso con lesiones culposas graves. Fundamentos principales: "Compartimos y hacemos nuestras las argumentaciones de la jueza de grado, las cuales consideramos fundadas y razonables, en tanto que no se advierte arbitrariedad o absurdo valorativo en sus conclusiones. La etapa preliminar no permite modificar o discutir la calificación jurídica ni la valoración de las pruebas en profundidad, ya que esas cuestiones deben ser abordadas en el juicio oral, garantizando el derecho de defensa y el principio de contradicción. La duda sobre la responsabilidad del imputado y la causalidad del fallecimiento debe resolverse en esa etapa, no en este trámite preliminar, donde la función es determinar si existen elementos suficientes para sustentar el procesamiento."

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