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.................... S/ LESIONES LEVES, AMENAZAS AGRAVADAS Y PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD AGRAVADA EN CONSURSO IDEAL, CONCURSANDO REALMENTE CON ESTORBO AL ACTO FUNCIONAL Y SUSTRACCIÓN DE MEDIOS DE PRUEBA EN CONCURSO IDEAL (IPP 3247/21)

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Azul confirma la condena a Pérez por lesiones leves, amenazas y privación ilegal de la libertad agravada, tras valorar la prueba y los argumentos de la defensa, manteniendo la sentencia de la instancia anterior por ser ajustada a derecho.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Actor (Franco Rossi y Andrea Marconi) denunció que Pérez le provocó lesiones leves, amenazas y privación ilegal de la libertad en hechos ocurridos en Tandil en 2021 y 2022. La sentencia de primera instancia condenó a Pérez a 3 años y 6 meses de prisión por esos hechos, valorando la declaración de la víctima y otros elementos probatorios. La defensa interpuso recurso de apelación cuestionando la validez del testimonio y la tipificación del delito, alegando que no existía certeza suficiente y que las amenazas no generaban temor. La Cámara analizó la prueba, especialmente los testimonios de Marconi y Tobares, y concluyó que eran válidos, coherentes y creíbles, y que las amenazas tuvieron capacidad intimidatoria. Además, rechazó las alegaciones de la defensa sobre la atipicidad y la insuficiencia probatoria, confirmando la valoración del juez de grado. La sentencia fue considerada ajustada a derecho, y el recurso de la defensa fue rechazado. Fundamentos principales: "Los dichos de la víctima se complementan con el testimonio de Juan Manuel Tobares, quien resulta ser su pareja, que si bien no presenció el suceso, brinda determinados aspectos que permiten tanto dar por acreditado el hecho como también individualizar a su autor, Francisco Gabriel Pérez, a quien tiempo atrás le había realizado tareas de refacción en el motor de su vehículo, poseyendo luego de ello un conflicto por cuanto al fundirse dicho motor, aquél expresara que se debió a la ausencia del mantenimiento recomendado y el otro señalara un deficiente trabajo y materiales de mala calidad." "Los dichos de la víctima se presentan con coherencia, persistencia y sin motivos aparentes para falsificar, además de estar corroborados por el testimonio de Tobares, lo que satisface los requisitos de la valoración probatoria en el sistema argentino." "Respecto a las amenazas, la declaración de Marconi, quien refirió haberlas escuchado en el momento, además del relato de Tobares, permiten concluir que Pérez proferió frases con capacidad intimidatoria, generando temor en la víctima, suficiente para configurar el delito." "No se acreditó que las amenazas no tuvieran idoneidad para causar temor, ni que la declaración de la víctima fuera falsa o motivada por conflictos preexistentes, por lo que la valoración de la prueba es sólida y ajustada a las reglas de la lógica, la psicología y la experiencia." "Por todo ello, la valoración

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