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MORENO JIMENA SOLEDAD C/ GRUPO MEDICO SAN FERNANDO S.A. Y OTROS S/DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)

La Cámara de Apelación confirmó la responsabilidad civil de la obra social por negligencia en la derivación de la paciente, y ratificó la condena de indemnización por daño moral y valor vida, justificando la decisión en la negligencia que frustró la posibilidad de salvar al feto.

Dano moral Responsabilidad civil Indemnizacion Responsabilidad de obra social Perdida de chance Muerte fetal Negligencia medica Interes Apelacion. Derivacion de emergencia

La actora, Moreno Jimena Soledad, demandó a la Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares y otros, reclamando daños y perjuicios derivados de la negligente derivación de su embarazo, que culminó en la muerte intrauterina de su hijo no nacido. La sentencia de primera instancia le atribuyó responsabilidad a la obra social por incumplimiento en el protocolo de derivación, causando la muerte fetal por demora y negligencia. La obra social apeló, argumentando que se trataba de una obligación de medios y no de resultado, y que no existía certeza de sobrevida del neonato, además de cuestionar la tasación de los daños. La Cámara confirmó la responsabilidad, señalando que la demora injustificada privó al niño de la oportunidad de sobrevivir, y que la negligencia de la obra social fue la causa principal del resultado. Se mantuvieron las condenas por daño moral y valor vida, considerando la pérdida de una chance concreta de vida futura del niño, y se rechazaron los agravios que pretendían reducir la indemnización. La Cámara también rechazó la deserción del recurso y confirmó que los intereses deben computarse desde la mora, con costas a cargo de la parte vencida.

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