FESTORAZZI JORGE ALBERTO C/ SIXTO JOSE CARLOS Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la condena por daños y perjuicios en un accidente automovilístico, modificando parcialmente la cuantía del daño psíquico y otros rubros, y reafirmando la responsabilidad del demandado, con sustento en la valoración integral de las pruebas y principios de reparación integral.
El actor, J. A. F., inició una demanda contra J. C. S. y la aseguradora Orbis Cia Argentina de Seguros S.A., reclamando daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 31/01/2012. La sentencia de primera instancia condenó a pagar $160.000+ intereses y extendió la condena a la aseguradora. Las partes apelaron, cuestionando principalmente la responsabilidad, la cuantificación de daños, la inexistencia de daño psíquico, gastos médicos y el monto de daño moral, además de la inaplicabilidad del art. 7 de la ley 23.928 por inconstitucionalidad. La Cámara analizó en profundidad las agravios, concluyendo que la responsabilidad y la cuantificación están debidamente fundamentadas, que la pericia psicológica y médica respaldan las lesiones y secuelas, y que la aplicación de la normativa legal y constitucional, en particular la doctrina "Barrios", justifica la actualización de intereses y daños sin aplicar la prohibición de indexación. La sentencia fue confirmada en sus aspectos sustanciales, con modificación en la cuantía del daño psíquico, elevándola a $100.000, y en los intereses, aplicando tasas apropiadas. También se rechazaron las alegaciones de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y de los límites de cobertura del seguro, considerando que no se configura un agravio suficiente para revocar la decisión, y que las costas de alzada deben soportarlas la demandada. La valoración de la prueba, la doctrina legal vigente y las circunstancias del caso sustentan la decisión.
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