AGUIRRE HERNÁN EDUARDO S/ INTERNACION
La sentencia declara la extinción del proceso por inactividad y ordena su archivo definitivo. La decisión se basa en la inexistencia de denuncias recientes que justifiquen la continuación del trámite, conforme a la normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La resolución fue dictada en un proceso judicial cuyo objeto no se especifica en el extracto.
- Se declara la extinción del proceso y el archivo de las actuaciones por inactividad, dado que el último movimiento data del 20/10/2004 y no hay denuncias recientes que requieran la continuidad.
- La decisión se fundamenta en que "no habiéndose efectuado nueva denuncia sobre la necesidad de internación respecto del causante, no existiendo en consecuencia motivo alguno para mantener abierta la presente instancia". Además, se invoca la normativa de la SCBA y el reglamento de notificación electrónica, señalando que "el mismo se encuadra en el supuesto de CONSERVACION PROLONGADA (arts. 75, 116 y ccs. de la Ac. 3397/08)".
- La resolución ordena el archivo de los actuados y su remisión al Archivo Departamental, con constancia en los registros del juzgado.
- Se informa que la notificación se realizó a través de medios electrónicos a la Asesora de Incapaces Departamental.
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