ROMERO AMBROSIA S/ INTERNACION
La sentencia declara la extinción del proceso y su archivo por falta de actividad y motivos para mantener la instancia, conforme a la normativa vigente. La decisión se basa en que no hay nuevas denuncias ni motivos para continuar el expediente.
- Quién demanda: No se especifica en el fragmento.
- A quién se demanda: No se especifica en el fragmento.
- Qué se reclama: La sentencia no detalla una demanda específica, sino que resuelve sobre la extinción del proceso.
- Qué se resolvió: Se declaró extinguida la instancia y se ordenó el archivo del expediente, debido a la inactividad procesal desde 21/04/1993 y la ausencia de nuevas denuncias sobre la necesidad de internación respecto de la causante.
Fundamentos:
"Advirtiendo en este acto que el último movimiento del expediente data de fecha 21/04/1993 y no habiéndose efectuado nueva denuncia sobre la necesidad de internación respecto de la causante, no existiendo en consecuencia motivo alguno para mantener abierta la presente instancia, declárase extinguido el presente proceso y en consecuencia, procédase al archivo de las presentes actuaciones, previo anoticiamiento a la Receptoría General de Expedientes Departamental..."
"Lo que así, DECIDO.-"
La resolución se fundamenta en la inactividad procesal prolongada y en la normativa aplicable sobre conservación de expedientes, conforme a los arts. 75, 116 y ccs. de la Ac. 3397/08.
No se mencionan votos en disidencia.
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