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E. V., M. S. C/ Z., R. A. S/ ALIMENTOS

La Cámara de Apelaciones confirmó la fijación de cuota alimentaria en favor de la menor, ajustando el método de cálculo a parámetros oficiales del INDEC y manteniendo la sentencia de primera instancia. Además, desestimó los recursos del Defensor Departamental y del alimentante respecto a aportes previsionales.

Recurso de apelacion Derecho de familia Cuota alimentaria Menor de edad Capacidad economica Aportes previsionales Jurisprudencia argentina Canasta de crianza indec Pension alimenticia

La causa fue promovida por la madre de la menor, M. S. E. V., contra su ex pareja, R. A. Z., solicitando la fijación de una cuota alimentaria para su hija adolescente. La sentencia de primera instancia estableció en $ 303.698,50, equivalente a 175 kg de novillo, a pagar mensualmente en una cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires, y diferió la liquidación de cuotas atrasadas. La parte alimentante alegó que el monto era excesivo y no reflejaba su capacidad económica, solicitando su reducción, mientras que la menor reclamó una cuota superior, proponiendo 200 kg de novillo. El tribunal valoró toda la prueba producida, incluyendo informes económicos, registros de bienes y testimonios, concluyendo que ambas partes poseen capacidad económica suficiente para solventar la manutención de la menor. La Cámara consideró que el índice utilizado en la fijación de la cuota (valor del mercado de novillo) no era oficial y, por ello, se ajustó el monto al 90% de la Canasta de Crianza del INDEC para la franja etaria de 6 a 12 años, que en abril de 2024 asciende a $355.836. La decisión se fundamenta en los arts. 658, 659, 660 del CCyCN y en la jurisprudencia que establece la equidad en la fijación de las cuotas alimentarias, considerando las posibilidades de los progenitores y las necesidades de la menor. Además, se declaró desistido el recurso del Defensor Departamental respecto a los aportes previsionales, atendiendo a la jurisprudencia de la SCBA y la normativa aplicable. Los jueces Banegas y Janka votaron en idéntico sentido, confirmando la resolución de grado y modificando la base de cálculo de la cuota alimentaria conforme a los parámetros oficiales.

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