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BAEZ CAMILA ROCIO C/ CORDOBA JUAN MANUEL S/ ACCIONES POSESORIAS

La Cámara de Apelaciones confirma la sentencia que hizo lugar al interdicto de recobrar posesión del inmueble en favor de la actora, rechazando la apelación de los demandados y confirmando la decisión basada en la prueba de la ocupación previa y la violencia en el despojo.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Camila Rocío Báez, demanda la restitución del inmueble en Garín, alegando haber iniciado actos posesorios desde julio de 2017, tras adquirir derechos a través de un boleto de cesión y contrato de compraventa. La sentencia de grado hizo lugar al interdicto, considerando que la prueba documental, testimonios y actuaciones en sede penal acreditaban la ocupación efectiva y la violencia en el despojo. La defensa de los demandados alegó que la cadena de posesión no fue debidamente acreditada y que no existía prueba suficiente del despojo, pero el tribunal descartó estos argumentos, destacando que las pruebas obrantes en autos corroboran la ocupación anterior a la entrada de Córdoba-Molina y que la violencia en el ingreso fue suficientemente acreditada en la causa penal. La Cámara confirma la sentencia y rechaza la apelación.

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