MOREDA BEATRIZ CLAUDIA C/ EL AUCA SRL S/ DESPIDO
La Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la actora y confirma la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda, rechazando los agravios y manteniendo las decisiones previas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, Beatriz Claudia Moreda, demanda a El Auca S.R.L. por diferencias salariales, indemnizaciones por despido, y otras prestaciones laborales. El tribunal de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a la empleadora al pago de diversas sumas y certificaciones, pero rechazó la pretensión de indemnización por irregularidad registral bajo el art. 1 de la ley 25.323 y la sanción prevista en el art. 9 de la ley 25.013. La Corte Suprema analiza la legalidad del rechazo del recurso extraordinario, concluyendo que no se acreditan vicios en la interpretación del tribunal de origen, y que la sentencia no viola doctrina legal ni principios constitucionales. La Corte destaca que los agravios relativos a la interpretación de pretensiones y aplicación normativa no configuran absurdo ni violación de la congruencia, por lo que rechaza el recurso con costas. Fundamentos principales: Los jueces explican que el recurso no satisface los requisitos de admisibilidad, en particular la suficiencia del monto para recurrir en primera instancia, y que los argumentos de la parte actora, centrados en la supuesta irregularidad registral y en la aplicación de las leyes laborales, no evidencian errores groseros ni absurdos que justifiquen una revisión extraordinaria. Además, señalan que la doctrina legal invocada por la recurrente no resulta aplicable al caso concreto, dado que las circunstancias fácticas y jurídicas difieren de los precedentes citados. La interpretación del tribunal en relación con la acumulación de pretensiones y la aplicación de las normas laborales responde a una correcta valoración del escrito de demanda y del principio de congruencia, sin que exista error manifiesto o arbitrariedad. La Corte reafirma que las decisiones judiciales que interpretan adecuadamente los escritos y las pretensiones no incurren en vicio de absurdo y que las sentencias que abordan con lógica y fundamentación adecuada las cuestiones planteadas no son susceptibles de revisión por vía extraordinaria.
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