.................... S/ RECUSO EXTRAORDINARIO DE NULIDAD EN CAUSA N° 16.829 DE LA CAMARA DE APELACION Y GARANTIAS EN LO PENAL DE TRENQUE LAUQUEN.-
La Suprema Corte rechaza el recurso extraordinario de nulidad interpuesto por la defensa de Oscar Alfredo Medina. La sentencia confirmada consideró adecuada la valoración de la prueba y la conducta imprudente del imputado, y el tribunal descarta la omisión en el análisis de cuestiones esenciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor (defensa de Medina) demanda la nulidad de la sentencia que condenó a Oscar Alfredo Medina por homicidio culposo agravado, alegando violación del art. 168 de la Constitución provincial por omisión en el tratamiento de cuestiones esenciales relacionadas con el punto de impacto y la conducta de la víctima. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Trenque Lauquen rechazó el recurso y confirmó la sentencia de primera instancia, que atribuyó la responsabilidad a Medina por ingresar imprudentemente a la ruta sin verificar la circulación de vehículos, y consideró que las cuestiones planteadas por la defensa fueron resueltas adecuadamente. La Suprema Corte, tras revisar los argumentos, coincide con la valoración de la Cámara y concluye que no existió omisión que afecte la validez de la resolución. La Corte señala que los agravios de la defensa son ataques a la valoración probatoria, lo cual excede la vía del recurso extraordinario de nulidad. Además, rechaza la alegación de violación del art. 171 de la Constitución provincial por carecer de justificación suficiente. La sentencia se dicta en conformidad con el dictamen del Procurador General y con costas.
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