.................... S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 121.060 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA I, SEGUIDA A ORIOLI, OMAR ALEJANDRO .-
La Suprema Corte de Buenos Aires confirmó el rechazo del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la declaración de extinción de la acción penal por prescripción respecto de hechos cometidos antes de la vigencia de las leyes 26.705 y 27.206. El tribunal sostuvo que no se vulneró el principio de legalidad ni se aplicó retroactivamente la ley más benigna, y que las obligaciones internacionales no modifican la normativa interna vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa trata sobre la impugnación de la decisión que declaró la extinción de la acción penal por prescripción respecto a hechos ocurridos antes de las reformas legales que modificaron los plazos de prescripción en delitos contra la integridad sexual en perjuicio de menores. La fiscal interina, doctora María Laura E. D'Gregorio, interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, alegando que la sentencia vulneró principios constitucionales, internacionales y de derechos del niño y de la mujer, por considerar inaplicable la ley vigente al momento de los hechos y no ponderar las circunstancias específicas del caso, como el interés superior del niño, la vulnerabilidad y la continuidad de las obligaciones internacionales del Estado argentino. La Suprema Corte de Buenos Aires, tras analizar los argumentos, concluyó que la sentencia en crisis estaba debidamente fundamentada y que no existía arbitrariedad ni apartamiento de doctrina internacional o constitucional. En particular, se resaltó que las leyes de prescripción aplicables son las vigentes al momento de los hechos y que las obligaciones internacionales, aunque relevantes, no modifican la interpretación de la normativa interna en delitos comunes, salvo en casos de graves violaciones de derechos humanos, lo cual no se configura en este caso.
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