.................... S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 121.618 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA IV.
La Suprema Corte de Buenos Aires revoca la decisión del Tribunal de Casación Penal que ordenó comunicar la condena del joven Reinoso al Registro Nacional de Reincidencia, fundamentando que la normativa y doctrina judicial protegen la confidencialidad de los registros de menores en conflicto con la ley penal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El recurso fue interpuesto por la defensa oficial de Franco Ezequiel Reinoso contra la resolución de la Sala IV del Tribunal de Casación Penal, que ordenó comunicar su condena al Registro Nacional de Reincidencia. La Suprema Corte analizó si dicha comunicación vulneraba principios constitucionales, internacionales y doctrinas sobre protección de la identidad y confidencialidad en procesos penales juveniles. La mayoría de los jueces concluyó que la norma y doctrina aplicables protegen la reserva de los datos relacionados con menores en conflicto con la ley, y que comunicar la condena al registro nacional sin limitaciones a autoridades judiciales y policiales viola dichos principios. La Corte consideró que la interpretación del Tribunal de Casación contradecía precedentes y estándares internacionales en materia de derechos del niño, además de apartarse de la doctrina legal de esta Corte. Finalmente, revocó la resolución recurrida y ordenó que no se comunique la condena al Registro Nacional de Reincidencia, manteniendo la confidencialidad de los datos del menor.
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