ESPUAR S.A. C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ EXPROPIACION INVERSA. --RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY--
La Suprema Corte de Buenos Aires revoca parcialmente la sentencia de la Cámara de La Plata en materia de expropiación inversa, modificando los criterios respecto a los intereses y estableciendo la corrección en la base del cálculo del monto indemnizatorio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Corte analiza la impugnación del Fisco de Buenos Aires contra una sentencia que había fijado indemnización por expropiación de un inmueble en $84.374,90, con intereses desde mayo de 2004 y valor de la tierra a mayo de 2007. La instancia de grado consideró que no hubo desposesión y fijó intereses desde la afectación efectiva del uso y goce del inmueble. La Cámara confirmó esas decisiones, pero modificó la fecha de valoración de la tierra y la base de intereses. La Corte concluye que la valoración de la tierra debe hacerse a la fecha de mayo de 2007 y los intereses desde esa fecha, rechazando la crítica sobre la valoración y las costas, por considerarlas infundadas y por la valoración adecuada de las pruebas. La Corte también señala que la conducta del recurrente en la instancia previa fue decisiva para descartar su agravio respecto a la desposesión.
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