.................... S/ REIVINDICACION
La Suprema Corte desestimó los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley interpuestos contra una sentencia que hizo lugar a una acción de usucapión y rechazó reivindicaciones, fundamentando que las alegaciones de los recurrentes no evidencian errores jurídicos ni violaciones constitucionales, sino simples disidencias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Adolfo Raúl Paz, promovió acciones de reivindicación y de usucapión contra Claudio Santos y Guillermo Calvento respecto a diversas parcelas de terreno. La sentencia única de primera instancia, confirmada por la Cámara, hizo lugar a la usucapión y rechazó las reivindicaciones, costas incluidas. Los recurrentes, María Inés Josefina Desplats y Paz Quesada, interpusieron recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley, alegando vulneraciones constitucionales y errores en la valoración probatoria y procesal.
La Corte Suprema, tras analizar los agravios, concluyó que las alegaciones de los recurrentes constituyen cuestionamientos al acierto jurídico y a la valoración probatoria, aspectos que escapan a las causales de nulidad constitucionalmente previstas. Se resaltó que la vía de nulidad solo puede sustentarse en omisiones o violaciones procesales esenciales, no en la disconformidad con la valoración de la prueba o con la interpretación jurídica del fallo. Además, se rechazaron las alegaciones de violaciones de derechos constitucionales por no acreditar la existencia de errores en la aplicación de normas o principios constitucionales.
Fundamentos principales:
"la argumentación crítica esgrimida por los recurrentes importa un claro cuestionamiento al acierto jurídico sustancial del fallo, no exhibiendo -por el contrario
- relación alguna con la tipicidad propia de los preceptos constitucionales que se aducen vulnerados. La selección y ponderación de la prueba, la aplicación o inaplicación de normas o principios jurídicos sustanciales o procesales o los particulares argumentos esgrimidos por las partes en apoyo de sus pretensiones -extremos en los que se apoya la respectiva sustancia argumental
- son tópicos cuyo análisis se encuentra normativamente inhabilitado en el presente carril extraordinario de nulidad."
Votos:
La mayoría de los jueces, incluyendo a la doctora Kogan, votaron en contra de la concesión del recurso, ratificando la sentencia de rechazo y confirmando que los agravios aducidos no encuadran en las causales de nulidad constitucional.
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