.................... S/ LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL
La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el actor, confirmando la validez de la decisión del tribunal de alzada que aplicó perspectiva de género y consideró fundada la prescripción adquisitiva por el uso prolongado y la conducta de la parte demandada.
- Quién demanda: G. E. G., en demanda de liquidación de sociedad conyugal y reclamo de derechos sobre un inmueble.
¿A quién se demanda?
M. M. C., en su carácter de ex cónyuge y poseedora del inmueble.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Liquidación del régimen patrimonial, venta del inmueble, renta compensatoria y reconocimiento de mejoras.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte confirmó que la prescripción adquisitiva fue debidamente aplicada por el tribunal de alzada, considerando el contexto familiar y la conducta de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Tribunal de Alzada, ponderando cierto halo de dificultad en la actividad probatoria vinculada a la antigüedad de los hechos debatidos y al contexto intrafamiliar en el que se suscitaron, tuvo muy especialmente en cuenta ciertas expresiones vertidas por las partes con motivo de producirse la prueba confesional y en la manifestación de los testigos, para concluir en la existencia de un plexo probatorio bastante sólido, concordante y sin elementos (objetivos) que lo contradigan, en el sentido de haberse producido una abdicación de la posesión del actor en favor de la accionada."
"El análisis de la causa permite observar que estamos frente a un reclamo económico por parte de un hombre que se ha desentendido de sus responsabilidades para con su familia, alejándose de manera voluntaria y desapareciendo de la vida de la demandada y sus hijos por treinta años, reapareciendo solo cuando lo creyó conveniente para reclamar el inmueble."
- La Corte enfatiza que el contexto de violencia económica y desigualdad de género, así como el comportamiento prolongado de ocupación y mejora por parte de la demandada, justifican la aplicación de la prescripción adquisitiva y la valoración de la perspectiva de género en la solución del caso.
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