SAID, MIGUEL ÁNGEL Y OTROS CONSOBRE AMPARO - SALUD-MEDICAMENTOS Y TRATAMIENTOS
La Cámara de Apelaciones en lo Cayt declaró la caducidad del recurso de inconstitucionalidad presentado en un proceso de amparo, al constatar que transcurrió el plazo de 30 días sin impulso procesal por parte de la demandada. La decisión confirma la validez del trámite y la pérdida de instancia del recurso.
El plazo aplicable a la caducidad de la segunda instancia en la acción de amparo es de treinta (30) días conforme lo establece el artículo 23 de la Ley N° 2.145. Tal criterio ha sido reiterado por las tres Salas del fuero (cf. esta Sala, en autos “Ruiz Sergio Alejandro contra GCBA y otros sobre Amparo (art. 14 CCABA)” Exp. 44631/0, sentencia del 06/08/14 y en autos “Alarcón Ana María y otros contra GCBA y otros sobre Amparo (art. 14 CCABA), Exp. 33892/0, del 14/03/13, entre otros. En análogo sentido: Sala I, “Ibarra Mirta del Valle c/ GCBA s/ Amparo (art. 14 CCABA)” Exp. 37403/0, sentencia del 12/10/11: id.: Sala II, “Meza, Gastón Cristian c/ GCBA s/ amparo (art. 14 CCABA)”, Exp. 27919/0, sentencia del 07/09/10).
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