BRAVO MARÍA DEL CARMEN c/ GCBA s/ daños y perjuicios (excepto responsabilidad médica)
La Cámara de Apelaciones confirmó la condena al GCBA por daños y perjuicios ocasionados por caída en la acera, manteniendo la suma indemnizatoria de $133.000, tras analizar la prueba y las impugnaciones de las partes.
En el caso, corresponde confirmar la sentencia de grado, en cuanto condenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a abonar a la actora la suma de $100.000 en concepto de incapacidad sobreviniente, como consecuencia de la caída que sufrió en una acera de la Ciudad. El Gobierno demandado, se agravia del baremo al que hizo referencia el perito médico, y que sirvió de fundamento en la sentencia impugnada. Ahora bien, independientemente del baremo que utilizó el perito para concluir en que la actora posee 43% de incapacidad, su informe no deja dudas acerca del daño que aquella padeció como consecuencia del siniestro bajo análisis. En efecto, de sus términos se desprende que la mano derecha de la actora presenta un leve edema, hipotrofia muscular y una reducción de: a) flexión dorsal (60º, entre 0º-90º), b) flexión palmar (30º, entre 0º-90º), c) aducción (10º, entre 0º-45º) y d) abducción (10º, entre 0º-45º). A su vez, surge que, como secuela del infortunio, la demandante sufre de Síndrome Doloroso Regional Complejo tipo I (Distrofia Simpático Refleja). Resulta necesario señalar que el Gobierno demandado omitió atacar los fundamentos científicos del informe y sus consideraciones que, contrariamente a lo sostenido en su escueto escrito de impugnación, sí se encuentran precedidos por los antecedentes de interés médico legal y del examen médico practicado a la actora.
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