“PANIAGUA, GABRIEL s/ acción de Habeas Corpus”
La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires confirmó el rechazo de la acción de habeas corpus promovida por Gabriel Paniagua, debido a que no se acreditó una amenaza o limitación actual de la libertad sin orden de autoridad, concluyendo que la denuncia se basa en supuestos conjeturales y no en hechos concretos que vulneren derechos constitucionales.
En el caso, corresponde confirmar la decisión de grado en cuanto rechazó la acción de habeas corpus.
En su interposición vía email, el Peticionante dijo: “…vengo por la presente a interponer acción de habeas corpus colectivo preventivo, a favor del conjunto de hombres y mujeres que se encuentran ejerciendo el derecho a reclamar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, calle Pellegrini y Córdoba como así también a quienes hacen lo propio en la ciudad de Entre Ríos, … para evitar futuras turbaciones o privaciones ilegítimas de la libertad de estas personas …".
Sin embargo, la redacción de la norma -artículo 3, inciso 1 de la Ley N°23.098
- y el objeto de la acción de habeas corpus preventivo exigen la concurrencia de determinados elementos: amenaza o limitación actual -es decir, no conjetural o potencial
- de la libertad física que emane de autoridad o funcionario público y la ilegitimidad de tal circunstancia.
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