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I. D., L. Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE INCIDENTE DE APELACIÓN - AMPARO - EDUCACIÓN - VACANTE

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires habilitó la feria judicial para resolver recursos de apelación en un caso de amparo por la falta de vacante escolar y acceso a la canasta nutritiva, revocando la resolución de grado y ordenando al GCBA que otorgue una vacante en un plazo de cinco días.

Derecho a la educacion Medidas cautelares Habilitacion de feria Accion de amparo Procedencia Derecho a la alimentacion Ninos, ninas y adolescentes Procedimiento contencioso administrativo y tributario

En el caso, corresponde habilitar la feria judicial a los fines de resolver el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de grado que rechazó la medida cautelar solicitada. El Sr. Asesor Tutelar solicita la habilitación de la feria judicial a los fines de la tramitación de los recursos de apelación incoados, ante lo que considera una clara urgencia ya que en el caso se encuentra en juego no solo el derecho a la educación de un niño, sino también la falta de acceso a la “canasta nutritiva” que brinda el Gobierno de la Ciudad a las/os niñas, niños y adolescentes que cuentan con vacante y cumplen los requisitos legales a tal efecto. Sostiene que el rechazo de la medida cautelar implica, primordialmente, que su representado no se encuentre escolarizado hasta dentro de un año y medio, momento en el cual la Ley Nacional N° 26.206 garantizaría su escolaridad, lo que afecta, sin lugar a dudas, derechos de raigambre constitucional, en particular el derecho a la educación y por consiguiente a una alimentación adecuada. Tal como lo expuso la Sra. Fiscal ente la Cámara en su dictamen, las razones esgrimidas resultan suficientes para habilitar la feria, teniendo en cuenta que se encuentran pendientes de resolución los recursos de apelación interpuestos contra la denegatoria de la medida cautelar y se invoca la persistencia de la situación de falta de escolarización del niño y la posible vulneración de su derecho a acceder a una alimentación adecuada por falta de entrega de la “canasta nutritiva”. Ello así, atento que la causa versa sobre el derecho a la educación y a la alimentación de una persona menor edad, sujeto de preferente tutela constitucional, decidir sobre la pretensión cautelar justifica la continuación del procesal sin demoras.

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