FASAN, NICOLÁS RICARDO SOBRE INCIDENTE DE QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA - RELACION DE CONSUMO
La Cámara rechaza la queja del actor contra la denegatoria de su recurso de apelación por considerarla inapelable por monto, pero admite que el actor puede solicitar la devolución del dinero que le corresponde sin vulnerar derechos constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde rechazar el recurso de queja interpuesto por el actor contra la sentencia de grado que denegó la apelación debido a que el monto de dinero involucrado no superaba el mínimo establecido en el artículo 145 del Código Procesal de la Justicia en las Relaciones de Consumo (CPJRC). El motivo por el cual el Juez denegó el recurso de apelación esto es, que el monto involucrado no alcanza el mínimo para poder acceder a la segunda instancia , no ha sido en absoluto desvirtuado por la parte actora. Asimismo, advertimos que la cuestión ha sido tratada en forma correcta por el Ministerio Público Fiscal en su dictamen, a cuyos fundamentos, que en lo sustancial compartimos, corresponde remitirse por razones de brevedad. Al respecto, si bien la parte actora no adjuntó a la queja copia de la demanda ni del acuerdo conciliatorio o su homologación, observo que los agravios presentados en el escrito en estudio no se refieren al monto considerado por el Juez para denegar la apelación. En lugar de ello, la quejosa esbozó múltiples alegaciones sobre la improcedencia de lo requerido por el Tribunal en la decisión oportunamente apelada e invocó en forma genérica garantías constitucionales, aunque sin demostrar un perjuicio de imposible o difícil reparación derivado de la providencia resistida.
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