ATLÁNTICO SUR. 40° ANIVERSARIO DE LA GUERRA DE MALVINAS. En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el TESTA, Veronica Vanesa y otros contra GCBASOBRE EMPLEO PÚBLICO (EXCEPTO CESANTÍA O EXONERACIONES) - EMPLEO PÚBLICO - DIFERENCIAS SALARIALES - Número: EXP42964/2017-0
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirma la sentencia de primera instancia, rechazando los agravios relacionados con la inclusión del material didáctico en el sueldo básico y la integración de aportes previsionales, y declara parcialmente desierto el recurso de la parte actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de grado, que no incluyó el rubro "material didáctico mensual" en el sueldo básico. Para rechazar la inclusión del rubro cuestionado en el sueldo básico, el Juez de primera instancia tuvo en cuenta el precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) “Sosa Carla Elizabeth y otros c/EN-M Defensa-Ejército s/personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, expediente Nº 46478/2013, sentencia del 21/05/2019) . Ahora bien, teniendo en cuenta el razonamiento de la CSJN en el fallo citado, el Juez consideró que a fin de determinar si un adicional debía ser incorporado al rubro sueldo básico, resulta necesario acudir a los términos literales de los preceptos legales que rigen el vínculo laboral en cuestión. En este sentido, entendió que del artículo 117 del Estatuto Docente no surge que el adicional analizado deba integrar el rubro sueldo básico. Además estimó que ello tampoco surgía del reconocimiento del carácter remunerativo. Finalmente, destacó que la parte actora no había aportado pruebas suficientes para sustentar dicha petición. Frente a ello, la parte actora expuso que existía jurisprudencia del fuero local en una enorme cantidad de causas idénticas a la presente, en donde se ordenó la inclusión del material didáctico mensual en el sueldo básico, e incluso, que se había ordenado su “pago a futuro”. De ello se desprende que, los argumentos presentados por la actora al fundar su recurso no rebaten adecuadamente las motivaciones esenciales de la sentencia sobre este punto. En efecto, para hacerlo debía explicar por qué motivo no resulta aplicable el precedente “Sosa”, o por qué sobre dicha base no debía acudirse a los términos del artículo 117 del Estatuto Docente para verificar si correspondía incluir el adicional “material didáctico mensual” al rubro sueldo básico, o que la inclusión se derivaba del reconocimiento del carácter remunerativo o de prueba producida. Sin embargo no lo hizo, y en su lugar, la parte actora enumeró una serie de sentencias dictadas por juzgados del fuero y ratificadas por distintas Salas de esta Cámara, pero sin desarrollar su contenido, ni tampoco indicar concretamente por qué éstas guardaban directa vinculación con los fundamentos de la sentencia.
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