Newsan SAC contra Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor sobre recurso directo sobre resoluciones de defensa al consumidor
La Cámara de Buenos Aires suspendió la ejecución de la multa de $80.000 y el resarcimiento de $20.999 impuesto a Newsan SA, por considerar que la sanción no es ejecutoriada y que la ley 757 no otorga efectos suspensivos al recurso judicial, en protección del derecho a la tutela judicial efectiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 14 de la Ley Nº 757, y en consecuencia, hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la actora, ordenando la suspensión de la ejecución de la Disposición dictada por la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor –DGDyPC
- que le impuso una multa.
En efecto, en materia de multas como la contemplada en autos no se advierten razones fiscales que justifiquen que los sancionados puedan verse compelidos a pagar su importe como requisito de admisibilidad del recurso.
Por ello, corresponde declarar la inconstitucionalidad pretendida, en cuanto no confiere efectos suspensivos a la interposición del recurso judicial.
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