INC 130560/2021-1 - A. M., E. CONTRA ESPASA SA SOBRE INCIDENTE DE APELACION - RELACION DE CONSUMO
La Cámara confirmó la medida cautelar que retrotrae las cuotas del plan de ahorro a valores de septiembre de 2019 para proteger a una consumidora en situación de vulnerabilidad, ante el aumento progresivo de cuotas y el riesgo de sobreendeudamiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Participar en un plan de ahorro supone la celebración de un contrato de consumo (CCyCN, Libro Tercero, Tít. III), que posee cláusulas predispuestas unilateralmente por el vendedor del bien, sin haber participado el consumidor en su redacción. Consecuentemente, le resultan de aplicación todas las disposiciones relativas al deber de información, buena fe y de prohibición de las cláusulas abusivas regladas por la propia Ley de Defensa del Consumidor (arts. 37 y ss.) y en los artículos 1117 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación.
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