RODRÍGUEZ, IGNACIO ADÁN SOBRE 118 - CONDUCIR CON MAYOR CANTIDAD DE ALCOHOL EN SANGRE DELPERMITIDO O BAJO LOS EFECTOS DE ESTUPEFACIENTES (ART. 111 SEGÚN LEY 1472) Número: DEB79456/2021-1, CUIJ: DEB J-01-00079456-9/2021-1
La Cámara de Apelaciones revoca la nulidad de actuación de la auxiliar fiscal Patricia Pampillón y confirma la validez de su participación en el juicio, argumentando que la resolución que la declaró nula carece de fundamentación legal y viola principios de desformalización y autonomía del Ministerio Público Fiscal.
En el caso, corresponde revocar la resolución de grado que, a pedido de la Defensa, declaró la nulidad de la actuación de la Auxiliar Fiscal en la audiencia prevista en el artículo 239 del Código Procesal Penal de la Ciudad. La "A Quo" para así decidir, estimó que no constaba en el expediente una determinación expresa del Fiscal Coordinador que designe e instruya a la Auxiliar Fiscal para intervenir en la audiencia prevista en el artículo 239 del Código Procesal Penal de la Ciudad. El Fiscal Coordinador de la Unidad Fiscal de Delitos, Contravenciones y Faltas Específicas del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad apeló, y en su agravio consideró que la Magistrada postulaba una exigencia que no surge de la ley ni de las resoluciones internas del Ministerio Público Fiscal de esta Ciudad. En efecto, acerca de validez de la intervención del Fiscal Auxiliar, esta Sala ya se ha expedido con anterioridad (cf. Causa Nº 96734/2021-2, “D., J. A. s/ art. 5 comercio de estupefacientes, rta. 7/12/21). Ello así, se impone revocar la resolución de grado que dispuso la nulidad.
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