JurisprudenciaARG
Ley nacionalLa fiesta de la navidad cordillerana

Ley 27.390

Declaraciones oficiales

DECLARESE FIESTA NACIONAL A “LA FIESTA DE LA NAVIDAD CORDILLERANA” DURANTE EL MES DE DICIEMBRE DE CADA AÑO.

Fecha
02/10/2017

Texto completo

Mostrar u ocultar el texto
DECLARACIONES OFICIALES

Ley 27390

“La Fiesta de la Navidad Cordillerana”.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1°.- Declárese Fiesta Nacional a “La Fiesta de la Navidad Cordillerana” durante el mes de diciembre de cada año.

ARTÍCULO 2°.- Institúyase Sede Nacional Permanente de la Fiesta Nacional de la Navidad Cordillerana a la ciudad de San Martín de los Andes, provincia del Neuquén.

ARTÍCULO 3°.- Inclúyase la misma en el Calendario Turístico Nacional.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL TRECE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

— REGISTRADO BAJO EL N° 27390 —

MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.

e. 02/10/2017 N° 74365/17 v. 02/10/2017

Base de datos pública de leyes y decretos argentinos. No se garantiza la exactitud de la información: consultá la fuente oficial por versiones actualizadas.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Más de 700.000 fallos de tribunales argentinos, con buscador por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.