JurisprudenciaARG
Ley nacionalDeclaracion

Ley 27.381

Feria de las artesanias y tradiciones populares argentinas

DECLARASE COMO PARTE INTEGRANTE DEL PATRIMONIO INMATERIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, EN LOS TERMINOS DE LA LEY 26.118, A LA FERIA DE LAS ARTESANIAS Y TRADICIONES POPULARES ARGENTINAS, CONOCIDA CON EL NOMBRE DE FERIA DE MATADEROS, QUE SE CELEBRA ININTERRUMPIDAMENTE EN EL BARRIO DE MATADEROS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DESDE 1986.

Fecha
02/10/2017

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FERIA DE LAS ARTESANÍAS Y TRADICIONES POPULARES ARGENTINAS

Ley 27381

Declaración.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1°.- Declárase como parte integrante del patrimonio inmaterial de la República Argentina, en los términos de la ley 26.118, a la Feria de las Artesanías y Tradiciones Populares Argentinas, conocida con el nombre de Feria de Mataderos, que se celebra ininterrumpidamente en el barrio de Mataderos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 1986.

ARTÍCULO 2°.- Declárase de interés nacional la preservación, difusión y promoción de la feria y de las distintas actividades culturales que se desarrollan en ella.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

— REGISTRADA BAJO EL N° 27381 —

MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.

e. 02/10/2017 N° 74361/17 v. 02/10/2017

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