HUCK, JORGE SOBRE 149 BIS - AMENAZAS Número: DEB 77742/2021-1
La Cámara de Apelaciones confirmó la condena a Huck por amenazas agravadas con arma, manteniendo la sentencia de un año de prisión en suspenso y las reglas de conducta, considerando probados los hechos y valorada la prueba en el debate oral y público.
En el caso, corresponde confirmar la sentencia de grado que condenó al encartado en orden al delito de amenazas agravadas por el uso de armas. En efecto, la argumentación defensista al blandir el criterio jurisprudencial en virtud del cual “no hay amenazas cuando las expresiones se efectúan en un estado de ira, ofuscación o en el marco de una discusión” no tiene éxito en el caso. Es que esta excepción defensista no es un mero dogma que se reproduce en cada situación conflictiva donde se esgrime en el intento de obtener impunidad, sino que posee una base razonada que su omisión, en homenaje a la brevedad, nos puede conducir a olvidarla. Ocurre que la ira, la ofuscación, la ceguera emocional, etc., desplaza la dimensión subjetiva de la figura penal en cuestión. Es decir, ninguna duda cabe que el delito previsto en el artículo 149 bis del Código Penal no admite realización imprudente o culposa. Es decir que el sujeto activo debe conocer (aspecto cognitivo) y querer (aspecto conativo) alarmar o amedrentar a la víctima. No puede predicarse ello de la conducta del acusado en el presente caso. Adviértase que lejos de aparecer como una conducta irreflexiva actuó con toda premeditación y violando deliberadamente los deberes de cuidado que el Estado deposita en su cabeza al reconocerlo como legítimo tenedor de armas de fuego. En efecto, primero intentó canalizar sus reclamos de silencio a través del personal de seguridad, luego, decidido, tomó el arma la Bersa calibre 380 que, por naturaleza y teniendo dos hijos chicos, debe resguardar por obvias razones de seguridad y se dirigió a buscar la violenta solución a los ruidos molestos, armado y por mano propia. Todo ello habla de un conocimiento claro de la situación y de la voluntad deliberada de configurarla.
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